Día sin Carro y sin Moto en Ibagué: estas son las excepciones para circular este 12 de febrero.

Este miércoles 12 de febrero, Ibagué vivirá su primer Día sin Carro y sin Moto de 2025, una jornada que busca reducir la contaminación ambiental y fomentar el uso de medios de transporte sostenibles.
La medida rige desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m., pero no todos los vehículos estarán restringidos. La Alcaldía de Ibagué ha establecido 20 excepciones clave que permitirán la circulación en la ciudad.
Según el Decreto 0085 del 7 de febrero, quienes incumplan la norma sin estar contemplados en las excepciones podrán enfrentar una multa de aproximadamente $650.000, además de la inmovilización del vehículo.
«Se han establecido estas excepciones para garantizar la seguridad y el normal funcionamiento de la ciudad», indicó Ricardo Fabián Rodríguez, secretario de Movilidad.
Excepciones del Día sin Carro y sin Moto en Ibagué
Entre las 20 excepciones se destacan vehículos vinculados a la seguridad, la salud y servicios públicos esenciales:
• Vehículos de seguridad: Policía, Fuerzas Militares, organismos de seguridad, escoltas, blindados y periodistas en ejercicio de sus funciones.
• Servicios oficiales y diplomáticos: Vehículos de entidades oficiales, consulares, secretarios de despacho y gerentes de institutos descentralizados.
• Emergencias médicas: Ambulancias, vehículos de bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja y médicos en ejercicio de funciones vitales.
• Transporte de carga y encomiendas: Vehículos destinados a la distribución de alimentos y bienes, así como la entrega de encomiendas hasta cinco toneladas.
• Movilidad sostenible: Vehículos híbridos, eléctricos y a Gas Natural Vehicular (GNV), debidamente registrados en la licencia de tránsito.
Otros vehículos autorizados para circular
Además, están exentos:
1. Vehículos de transporte de valores y seguridad privada.
2. Carrozas fùnebres y cortejos fùnebres.
3. Vehículos de fiscales, jueces, magistrados y autoridades judiciales.
4. Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
5. Motocicletas de vigilancia privada y personal operativo del transporte público.
6. Vehículos que transporten personas con movilidad reducida.
7. Vehículos en tránsito procedentes de otras regiones, con el respectivo recibo de peaje.
8. Motocicletas de domicilios, representación comercial y ventas.
9. Vehículos de escuelas de enseñanza automovilística con restricción en ciertas vías.
10. Vehículos particulares o motocicletas que se desplacen por las variantes de la ciudad.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de la norma puede derivar en una multa de $650.000 aproximadamente. Además, de la inmovilización del vehículo, lo que genera costos adicionales.
Recomendaciones para la jornada
• Planifique sus desplazamientos con antelación.
• Utilice transporte público, bicicleta o camine.
• Si su vehículo está exento, asegúrese de portar la documentación que lo acredite.

