Petro denuncia censura tras decisión de la CRC que le negó su alocución presidencial

El presidente reaccionó a la decisión del ente regulador que no autorizó su intervención en televisión al no encontrar razones de urgencia ni de carácter excepcional. Anunció que hablará por RTVC y, si es necesario, desde la plaza pública.

La CRC aclaró además que su decisión no constituye censura ni restringe la libertad de expresión

El presidente Gustavo Petro criticó con fuerza la decisión de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que este miércoles 15 de octubre negó su solicitud para emitir una alocución presidencial en televisión abierta.

A través de su cuenta de X (antes Twitter), el mandatario aseguró que “el presidente de la República de Colombia ha sido censurado en su propio país”, y convocó a juristas y ciudadanos a pronunciarse sobre lo que calificó como un acto de censura.

“Invito a todos los juristas nacionales e internacionales que me quieran acompañar a romper la censura en Colombia. Es el intento de las mafias de recuperar el poder. Están asustados por el avance del poder constituyente y popular en el país”, escribió Petro.

El presidente también anunció que transmitirá el mensaje que tenía previsto por RTVC y dejó entrever que podría hacerlo en espacios públicos. “Si el presidente no puede hablar por televisión entonces tendrá que hacerlo desde la plaza pública”, sentenció.

La CRC había explicado que la decisión se basó en criterios técnicos y legales definidos en la Circular Externa No. 164 de 2025, la cual regula las alocuciones presidenciales. Según el análisis, la solicitud cumplía con los requisitos de carácter personal, no recurrencia y limitación temporal, pero no con los de urgencia, uso excepcional ni delimitación temática.

El organismo determinó que no existía evidencia de una situación “grave, sobreviniente o inaplazable” que justificara interrumpir la programación habitual de los canales de televisión del país.

La CRC aclaró además que su decisión no constituye censura ni restringe la libertad de expresión del mandatario, sino que responde a un mandato judicial que exige aplicar criterios objetivos para garantizar un uso proporcional y excepcional del espacio televisivo estatal.

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