El Ministerio de Salud divulgó un proyecto de resolución que busca armonizar la regulación del derecho a morir dignamente, en cumplimiento de fallos de la Corte Constitucional.

El Ministerio de Salud y Protección Social publicó un borrador de resolución con el que propone actualizar y unificar el marco normativo que regula el derecho fundamental a morir dignamente en Colombia, específicamente en lo relacionado con la eutanasia y otros procedimientos asociados.
El proyecto tiene como objetivo dar cumplimiento a sentencias de la Corte Constitucional y, de ser adoptado, derogaría las resoluciones 825 de 2018 y 971 de 2021, además de introducir ajustes parciales a las normas que rigen el funcionamiento de los comités de ética hospitalaria.
Según el documento, una de las principales modificaciones consiste en integrar en una sola regulación la eutanasia y la adecuación de los esfuerzos terapéuticos, figuras que hasta ahora se encuentran normadas de forma independiente. El borrador establece que ambas opciones no serían excluyentes ni estarían sujetas a una secuencia obligatoria.
El texto incorpora la jurisprudencia constitucional que señala que el acceso a la eutanasia no depende exclusivamente de la existencia de una enfermedad terminal, sino de la presencia de una condición de salud extrema que produzca sufrimiento intenso, siempre que medie una solicitud libre, informada e inequívoca del paciente. También plantea que no sería obligatorio haber agotado previamente cuidados paliativos u otros procedimientos terapéuticos.
En relación con el consentimiento sustituto, el borrador propone restringir su uso y reemplazarlo por la figura de apoyos interpretativos de la voluntad, aplicables únicamente en circunstancias excepcionales y bajo una verificación reforzada por parte de los comités interdisciplinarios.
El proyecto normativo también incluye lineamientos específicos para la participación de personas con discapacidad y menores de edad en estos procesos, incorporando principios como la autonomía progresiva, la presunción de capacidad y la provisión de apoyos y ajustes razonables, conforme a la jurisprudencia constitucional vigente.
En el ámbito institucional, la propuesta delimita las funciones de los comités médicos. El Comité Interdisciplinario de Eutanasia intervendría solo cuando exista una solicitud expresa de este procedimiento, mientras que los Comités de Ética Hospitalaria actuarían en procesos de adecuación de los esfuerzos terapéuticos únicamente ante conflictos de carácter ético o clínico.
Finalmente, el borrador desarrolla con mayor detalle la adecuación de los esfuerzos terapéuticos como un proceso clínico continuo orientado a evitar la obstinación terapéutica y permitir el curso natural de la enfermedad cuando los tratamientos resulten desproporcionados, aclarando que este procedimiento no constituye eutanasia.
