En un documento de 12 páginas, el presidente Gustavo Petro solicitó al Consejo de Estado anular la decisión que otorgó a la CRC facultades para revisar y detener sus alocuciones. El mandatario asegura que el fallo crea un “tribunal” que define cuándo puede dirigirse al país.

El presidente Gustavo Petro pidió al Consejo de Estado revocar el fallo de primera instancia que reguló sus alocuciones presidenciales y que, según él, entregó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) facultades que afectan su comunicación con el país. El recurso, de 12 páginas, fue radicado por su defensa ante la Sección Tercera del alto tribunal.
En el escrito, Petro sostiene que la decisión judicial asignó a la CRC un rol que califica como inconstitucional.
Según el documento, la entidad quedó convertida en un órgano con potestad para impedir o suspender sus intervenciones televisadas.
“Se otorgaron competencias de censor presidencial a la CRC”, afirma el texto.
El mandatario cuestiona que el fallo carece de criterios técnicos y asegura que la medida transforma a la comisión en una especie de “tribunal de alocuciones presidenciales” encargado de decidir “si el Presidente puede dirigirse al país por televisión y hasta cuándo puede hacerlo”.
El documento señala que la sentencia impone un esquema que, en su criterio, equivale a una forma de censura previa contraria a estándares internacionales.
“No se trata de una simple regulación de franjas horarias o de formatos técnicos; se trata de decidir si el Presidente puede hablar y durante cuánto tiempo”, indica el recurso.
Petro advierte, además, que la decisión limita sus posibilidades de explicar decisiones de gobierno, convocar a la opinión pública o alertar sobre asuntos que considere relevantes:
El fallo, sostiene, “restringe seriamente su posibilidad de dirigir los asuntos públicos”.
La defensa del mandatario también cuestiona el uso de la tutela para fijar estas reglas, asegurando que las órdenes emitidas exceden el alcance constitucional de este mecanismo.
“Una decisión de esta magnitud debería ser producto de un debate legislativo amplio, no de un fallo de tutela en un caso concreto”, se lee en el documento.
El escrito advierte que el precedente podría desencadenar decisiones similares en otros despachos judiciales, creando un “efecto cascada” que sometería las intervenciones del jefe de Estado a múltiples requisitos y restricciones.
“La comunicación del Presidente quedaría sometida a un mosaico de tutelas e incidentes de desacato”, afirma la defensa.
Como alternativa, la representación jurídica del mandatario propone que eventuales abusos en el uso de alocuciones se atiendan mediante responsabilidades judiciales o políticas, y mediante obligaciones de transparencia sobre la forma y finalidad de estas intervenciones.

