La decisión fue adoptada por un juzgado de Bogotá como medida provisional dentro de una acción de tutela. La orden cobija al candidato presidencial y a los integrantes de su movimiento político mientras se emite un fallo de fondo.

Un juez de Bogotá ordenó al candidato presidencial Abelardo De La Espriella y a los miembros de su movimiento político abstenerse de utilizar la camiseta de la Selección Colombia en actividades relacionadas con su campaña electoral.
La medida fue adoptada por el Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento, que admitió una acción de tutela y dispuso, de manera provisional, la suspensión del uso de la prenda, así como de los colores y emblemas asociados al equipo nacional de fútbol, mientras se resuelve el caso de fondo.
De acuerdo con la decisión judicial, el candidato deberá cesar de forma inmediata la utilización de la camiseta de la Selección Colombia como elemento identificador de su partido político, de su campaña o de su imagen pública, tanto en eventos presenciales como en cualquier otro medio de difusión.
La restricción también aplica para los integrantes del partido Defensores de la Patria y tendrá vigencia mientras el despacho judicial adopta una decisión definitiva. El juzgado cuenta con un plazo de 15 días para emitir el fallo correspondiente.
La tutela fue presentada por el ciudadano Wilmar Bocanegra, quien cuestionó el uso de la camiseta de la Selección Colombia con fines partidistas. Según el expediente, la acción plantea que la apropiación de este símbolo por parte de un sector político podría afectar principios relacionados con la igualdad, la no discriminación y los derechos de participación política.
En la providencia, el juzgado señaló que la medida busca evitar posibles afectaciones a derechos fundamentales mientras se estudian los argumentos expuestos en la tutela. Asimismo, advirtió que el uso de la camiseta podría generar asociaciones entre la identidad deportiva nacional y una determinada candidatura política.
El juez indicó que la adopción de medidas provisionales procede cuando se acreditan criterios de necesidad y urgencia para la protección de garantías constitucionales, mientras se emite una decisión de fondo.
