Vladimir Leyton Saavedra fue sentenciado por hechos ocurridos entre 2013 y 2014, cuando se desempeñaba como extesorero y contador del Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué. La Fiscalía señaló que el detrimento patrimonial superó los $29 millones.

Un exfuncionario del Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué (IMDRI) fue condenado por hechos relacionados con la apropiación irregular de recursos públicos ocurridos entre 2013 y 2014.
Se trata de Vladimir Leyton Saavedra, quien se desempeñaba como extesorero y contador de la entidad. Según las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación durante el proceso judicial, el entonces funcionario habría participado en diferentes actuaciones relacionadas con el manejo de recursos públicos.
La investigación estableció que Leyton Saavedra elaboraba declaraciones tributarias, gestionaba documentos contables y participaba en la emisión de cheques utilizados para retirar recursos del instituto.
De acuerdo con la Fiscalía, una parte de esos dineros no fue consignada ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), situación que habría ocasionado un detrimento patrimonial superior a los $29 millones.
Durante el juicio, se acreditó que el procesado habría utilizado diferentes maniobras para retirar recursos públicos y posteriormente presentar documentos oficiales con información que no correspondía con la realidad, con el propósito de aparentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Las irregularidades fueron identificadas luego de comparar los registros contables y financieros del IMDRI con la información reportada oficialmente ante la DIAN y las entidades bancarias.
Por estos hechos, el juez condenó a Leyton Saavedra a seis años y 10 meses de prisión por los delitos de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público agravado.
Además de la pena de prisión, la decisión contempla una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante siete años y cinco meses, así como el pago de una multa de $29.145.000.
El juzgado tampoco le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena ni el beneficio de prisión domiciliaria.
La decisión corresponde a una sentencia de primera instancia, por lo que contra ella proceden los recursos establecidos por la ley.
