Rechazan impedimento de juez que buscaba apartarse del caso del exalcalde Andrés Hurtado

El Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Ibagué determinó que el juez de control de garantías Eliécer Vargas Díaz deberá seguir al frente de la audiencia de imputación de cargos contra el exmandatario y otros siete procesados.

El proceso penal que afronta el exalcalde Andrés Fabián Hurtado se suma a otras actuaciones judiciales

El Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué declaró infundado el impedimento presentado por el juez Séptimo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías, Eliécer Vargas Díaz, dentro del proceso penal que se adelanta contra el exalcalde de la capital del Tolima, Andrés Fabián Hurtado Barrera.

El funcionario judicial buscaba apartarse de la audiencia de formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento en la que Hurtado Barrera y otras siete personas son investigadas por los delitos de peculado por apropiación, violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades, e interés indebido en la celebración de contratos.

Para apartarse del caso, el juez Vargas Díaz había invocado la causal 4.ª del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal. Argumentó que su imparcialidad podría verse comprometida tras haber tenido un contrato de prestación de servicios profesionales en la Oficina Jurídica del Municipio en 2022, época en la que Hurtado se desempeñaba como alcalde. Asimismo, señaló haber sido blanco de publicaciones en redes sociales y medios de comunicación que involucraban a su cónyuge por pasadas vinculaciones contractuales con la administración municipal.

Aunque la Fiscalía, el Ministerio Público, la representación de víctimas y los defensores no presentaron objeciones frente a la manifestación del juez, el Juez Octavo Penal Municipal de Control de Garantías rechazó en primera instancia dicho impedimento al considerar que no se ajustaba a los supuestos legales taxativos.

Al resolver la controversia, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito respaldó dicha postura y precisó que los contratos de prestación de servicios se celebran con la persona jurídica del Municipio y no generan vínculo de subordinación laboral ni convierten al contratista en apoderado personal del mandatario de turno. Adicionalmente, el despacho señaló que los cuestionamientos u opiniones mediáticas no constituyen causal legal para apartarse de la función judicial.

Con esta decisión, la actuación fue devuelta de manera inmediata al Juzgado Séptimo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías para que se retome el trámite de la diligencia.

El proceso penal que afronta el exalcalde Andrés Fabián Hurtado se suma a otras actuaciones judiciales y disciplinarias que ha tenido que encarar tras su paso por la Alcaldía de Ibagué, entre las que se destacan investigaciones previas por la presunta utilización indebida del Pista de Piques del Aeropuerto Perales para piques ilegales durante su gestión, así como indagaciones sobre presuntas irregularidades en la contratación pública municipal.

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